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Glosario

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A
Anexos

Son aquellos documentos que hacen parte integral de la póliza y que pueden contener algunos amparos adicionales al amparo básico.

Asegurable

Persona que cumple los requisitos para contratar un seguro o que será protegida por su cobertura.

Asegurado

El asegurado es la persona o personas que están cubiertas con la póliza. De manera que será la persona que está expuesta al riesgo que se asegura. Por ejemplo: accidente, enfermedad, muerte, etc.

Aseguradora

Es la Compañía de Seguros debidamente facultada que, por mandato legal, asume la eventual ocurrencia de un siniestro. 

B
Beneficiario

Persona que recibe la indemnización que se paga en razón del seguro. Cuando no se designan beneficiarios en los seguros de personas, o la designación se hace ineficaz, tienen la calidad de beneficiarios el cónyuge del asegurado, en la mitad del seguro, y los herederos de este en la otra mitad.

C
Capital/ valor asegurado

Monto que recibe el titular o sus beneficiarios en caso de siniestro.

Carencia

Período determinado por la Compañía (generalmente de uno o dos meses) al inicio de la póliza en que algunas o todas las coberturas no se han activado.

Cobertura

También conocido como amparo, es aquel riesgo o evento que está cubierto en un seguro y por el cual, una vez este riesgo ocurra, la aseguradora paga la indemnización ofrecida en el seguro.

Cobertura adicional

Amparos que se agregan a la cobertura básica de un seguro para ampliarla o mejorarla. Sólo se comercializan asociadas a la cobertura básica.

Cobertura básica

-Seguro de vida individual: Indemnización por la muerte del asegurado por cualquier causa no excluida expresamente en la póliza.

- Seguro de accidentes: Indemnización por muerte accidental del asegurado por cualquier causa no excluida expresamente en la póliza.

Condicionado general

En ellas se establecen las condiciones generales de la póliza, que hacen parte del contrato del seguro.

Condicionado particular

En ellas se establecen las condiciones del contrato de seguros teniendo en cuenta las características específicas del asegurado. Puede Incluir información sobre los valores asegurados, los valores de rescate, el valor de la prima, entre otros.

Copago

Monto que el asegurado debe pagar al momento de recibir ciertos servicios médicos, como consultas o exámenes.

D
Declaración de salud
Formulario, Cuestionario o Declaración Telefónica en la cual la persona que desea contratar un seguro detalla su estado de salud actual, además de las enfermedades y dolencias preexistentes que padece. Cualquier falsedad u omisión en esta declaración libera a la compañía de sus obligaciones con el contratante y tiene como efecto la nulidad relativa del contrato.
Declaración de siniestro
Una vez ocurra la realización del riesgo asegurado, el asegurado o el beneficiario están obligados a dar noticia al asegurador de la ocurrencia del siniestro. También se conoce como aviso. Conozca el proceso de reclamación.
Dependiente
Persona que depende económicamente del tomador de la póliza o cualquiera de sus asegurados, y que por lo mismo, podrían ser parte del grupo asegurable.
E
Edad alcanzada
Edad del asegurado en un momento dado, durante la vigencia de la póliza. Por ejemplo, si la edad del asegurado al momento de inicio de la vigencia de la póliza era 25 años y han pasado 3 años desde que se emitió el seguro, la edad alcanzada es 28 años.
Edad cumplida
Edad del asegurado al momento de renovar su póliza.
Edad de egreso
Límite de edad hasta la cual el asegurado está cubierto por una póliza.
Edad de ingreso
Límite de edad del asegurado para contratar una póliza.
Edad inicial
Edad del asegurado a la fecha de inicio de la póliza.
Elegibilidad
Conjunto de características que debe reunir una persona para ser asegurable por una póliza.
Endoso
Documento por medio del cual se modifican o se adicionan las condiciones iniciales de la póliza, y que forma parte del contrato.
Enfermedad
Toda alteración de salud diagnosticada por un médico debidamente acreditado.
Exclusión
Circunstancia específica no cubierta por la póliza y por la cual la compañía NO paga el valor asegurado. Las exclusiones deben establecerse en las condiciones de la póliza.
F
Factor de gastos
Corresponde al monto necesario para cubrir los gastos de adquisición y administración del ramo en las compañías de seguros. Es decir, se incluyen todos aquellos gastos y costos en los cuales incurre la entidad aseguradora para colocar el producto en manos del consumidor.
Fecha de emisión
Fecha y hora en la que la Compañía acepta el riesgo y empieza la cobertura, de acuerdo a la solicitud de seguro presentada por el propuesto asegurado. En otras palabras, día en el que inicia la vigencia del contrato de seguros.
Finiquito
Documento que el asegurado o el beneficiario de una póliza debe firmar para recibir las ventajas de un seguro.
G
Gastos ambulatorios
Gastos médicos que pueden estar cubiertos en determinadas pólizas de salud; puede haber gastos médicos por servicios médicos que no requieren que el asegurado sea hospitalizado, sino que pueda ser atendido e inmediatamente salga del hospital.
Gastos financieros
Costo que la compañía asume al colocar, mantener y retirar instrumentos financieros como acciones y pagarés del Banco Central, por ejemplo.
Gastos financieros habituales y razonables
Costos que normalmente cobran las clínicas y hospitales del país por determinadas prestaciones de salud.
I
Incapacidad Total y Permanente (ITP)
Será la sufrida por el asegurado que haya sido ocasionada y se manifieste durante la vigencia de la póliza, debida a un accidente o a una enfermedad, que produzca lesiones orgánicas o alteraciones funcionales que de por vida impidan a la persona desempeñar cualquier ocupación o empleo remunerado, siempre y cuando la incapacidad haya existido por un período mínimo determinado por la Compañía. La pérdida de capacidad laboral deberá ser determinada por una Junta de Calificación de Incapacidad legalmente autorizada y será expresada en términos de porcentaje.
Indemnización
Es la compensación económica, correspondiente al valor asegurado, que reciben el asegurado o sus beneficiarios tras la ocurrencia de un siniestro.
IPC (Índice de Precios al Consumidor)
Índice calculado de manera anual en el que se identifica la variación de precios de una canasta de bienes y servicios.
Irrevocabilidad (renta vitalicia)
La imposibilidad de terminar unilateralmente un contrato de renta vitalicia, el cual se mantiene vigente hasta la muerte del asegurado o hasta que termine el período de cobertura.
M
Monto máximo de reembolso
En las pólizas que incluyen coberturas de Gastos Médicos, el monto máximo de reembolso, es el límite hasta el que la Compañía pagará por una prestación médica determinada.
P
Patrocinador

Empleador que contrata y mantiene un seguro colectivo.

Pensionado

Persona que contrata una renta vitalicia previsional con una compañía de seguros, o recibe una pensión de su AFP.

Pensión de incapacidad (rentas vitalicias)

Renta mensual que recibe un pensionado o asegurado cuyas capacidades o facultades están limitadas en un 50% o más, a causa de una enfermedad o un accidente.

Pensión de sobrevivencia (rentas vitalicias)

Renta mensual que reciben los beneficiarios legales de un afiliado o asegurado fallecido.

Pensión de vejez (rentas vitalicias)

Renta mensual que recibe un pensionado o asegurado por haber cumplido con los requisitos de edad y tiempo de cotización establecidas por la Ley para recibir el amparo.

Período de gracia

Plazo dentro del cual se puede pagar una prima atrasada sin multa y/o sin causar la cancelación de la póliza. Por lo general es de 30 días.

Plan

Programa de ventajas comprendidas en un seguro.

Plan individual

Programa de seguro que protege sólo a un asegurado.

Póliza

Conjunto de documentos que se le envían al cliente, se incluyen las condiciones del contrato celebrado. Está conformada por la carátula de la póliza, la solicitud de seguro, las condiciones generales, las condiciones particulares y sus anexos.

Pool

Conjunto de empresas que pertenecen a una misma organización, y que, debido al gran grupo de asegurados que manejan a nivel mundial con esta aseguradora, gozan de ventajas especiales relacionados con las condiciones de suscripción y tarifas del seguro a nivel local.

Preexistencia

Cualquier condición, dolencia o enfermedad que el asegurado padezca, le haya sido diagnosticada o tratada con anterioridad la emisión de la póliza de seguro, sea declarada o no.

Prima

Es el precio del seguro, el cual deberá ser pagado en las fechas previstas y que será acorde al seguro contratado.

Prima de cobertura adicional

El valor del seguro correspondiente al aseguramiento de una cobertura adicional.

Prórroga

Extensión de la vigencia de una póliza por un tiempo determinado.

R
Reembolso

En las pólizas que incluyen coberturas de gastos médicos, es posible estipular que los Gastos sean asumidos por el Asegurado, de manera que la Compañía lo reembolse posteriormente. En esa medida, el reembolso es el monto que la compañía paga por una prestación médica que ha corrido por cuenta del asegurado, de acuerdo a las condiciones y valores establecidos en las condiciones del contrato.

Rentabilidad mínima

En los productos que incluyen valores ahorrados o valores de rescate, es posible determinar que haya una rentabilidad mínima garantizado por la Compañía, independientemente de los resultados de las inversiones y el comportamiento del mercado.

Renovación

Activación de la póliza por un nuevo período tras el vencimiento de su plazo de vigencia.

Rentabilidad

En los productos que incluyen valores ahorrados o valores de rescate, se establece que la rentabilidad es el retorno que producen dichos valores.

Renta vitalicia diferida

Modalidad en que el pago de la pensión comienza en una fecha futura estipulada por el contratante.

Renta vitalicia inmediata

Modalidad en la que el pago de la pensión se hace desde el momento en el que se contrata la Renta Vitalicia y por eso se denomina inmediata.

Renta vitalicia

Modalidad de pensión que garantiza el pago de una mesada, hasta que el asegurado ó sus beneficiarios fallezcan.

Renta temporal con período garantizado

Modalidad de Pensión a través de la cual, el asegurado recibe una mesada por un tiempo cierto (el que haya sido contratado). Ahora bien, si fallece antes de cumplido el término de la renta, se garantiza el pago de la mesada a los beneficiarios designados, por lo menos, durante el periodo de tiempo que haya sido determinado como período garantizado.

Requisito de asegurabilidad

Conjunto de condiciones que una persona debe cumplir para poder contratar un seguro. Dependiendo del seguro y del valor asegurado que solicite el tomador, los requisitos de asegurabilidad variarán. Si estos requisitos no se reúnen, la Compañía tendrá la potestad de no celebrar el contrato de seguro, aceptar parcialmente los riesgos (excluyendo algunas coberturas) o cobrar una prima adicional por la asunción de riesgos no estándar.

Rescate parcial

Aplica para las pólizas que generan valores de cesión o rescate. El asegurado podrá disponer de parte de los valores de cesión o rescate que se hayan constituido en cualquier momento. En algunas pólizas, este retiro se puede hacer a través de un préstamo por el cual la Compañía cobra unos intereses. Si los dineros no son restituidos junto con sus intereses, el valor asegurado disminuirá en la misma proporción en la que se disminuyan los valores de rescate.

Rescate total

Aplica para las pólizas que generan valores de cesión o rescate. El asegurado podrá disponer de los valores de cesión o rescate en cualquier momento, mediante un retiro en efectivo. Una vez de entregue el dinero, el seguro terminará y no habrá lugar al pago de otras ventajas en caso de muerte del asegurado.

Reserva matemática

Provisión legal que va creando la aseguradora con parte de las primas pagadas por los tomadores, con el que la compañía cuenta para reconocer sus obligaciones con sus asegurados y beneficiarios.

Reticencia

El tomador está obligado a declarar sinceramente los hechos o circunstancias que determinan el estado del riesgo, según el cuestionario que le sea propuesto por el asegurador. La reticencia o la inexactitud sobre hechos o circunstancias que, conocidos por el asegurador, lo hubieren retraído de celebrar el contrato, o inducido a estipular condiciones más onerosas, producen la nulidad relativa del seguro. Si la declaración no se hace con sujeción a un cuestionario determinado, la reticencia o la inexactitud producen igual efecto si el tomador ha encubierto por culpa, hechos o circunstancias que impliquen agravación objetiva del estado del riesgo.

Retiro

Vea rescate parcial y rescate total.

Riesgo

Suceso futuro e incierto que no depende exclusivamente de la voluntad del tomador o del asegurado, y cuya realización da origen a la obligación del pago por parte de la aseguradora. El único suceso cierto asegurable, es la muerte, en tanto que lo incierto es la fecha en que ella ocurra.

S
Seguro contributivo

Clase de seguro en el que el asegurado es quien aporta el total o parte de la prima de seguro. Por lo general es tomado por el empleador y los asegurados son sus empleados.

Seguro dotal

Plan seguro que combina la protección durante un tiempo determinado, con la posibilidad de constituir unos capitales específicos. Así, si el asegurado fallece durante el término del seguro, se paga a sus beneficiarios el valor asegurado; de lo contrario, se entrega el capital (representado en los valores de rescate) al asegurado mediante el retiro parcial o total de dichos valores.

Seguro de Vida Grupo Deudor

Seguro cuya cobertura consiste en el pago de alguna deuda específica que el asegurado tenía impaga con el tomador de la póliza al momento de fallecer. El tomador de la póliza es generalmente una institución financiera que presta dinero al asegurado.

Seguro Temporal

Plan que protege únicamente por un tiempo determinado. Por lo general, el amparo básico es muerte por cualquier causa y no genera valores de rescate.

Siniestro

Es la realización del riesgo cubierto en la póliza, cuya ocurrencia genera como consecuencia la obligación por parte de la aseguradora de pagar el valor asegurado que se describe en la póliza. El asegurado o beneficiario tiene la obligación de dar aviso de siniestro y demostrar la ocurrencia del siniestro. Por su parte, la aseguradora está obligado a efectuar el pago del siniestro dentro del mes siguiente a la fecha en que el asegurado o beneficiario acredite su derecho ante el asegurador.

Solicitud del seguro

Documento firmado por el tomador y/o asegurado de la póliza en el que manifiesta su intención de contratar el seguro. Mediante la solicitud, el cliente suministra sus datos personales y responde algunos cuestionarios que le permiten a la aseguradora evaluar el riesgo y aceptar la expedición del seguro.

T
Tasa

Precio de una cobertura específica por cada $1.000 de valor asegurado, de acuerdo a las características propias de cada producto.

Tasa pura de riesgo

Corresponde al cálculo actuarial que determina el monto necesario que se debe cobrar para cubrir los pagos por los siniestros esperados durante la vigencia del seguro.

Tomador

Es la persona natural o jurídica que traslada los riesgos a MetLife Colombia Seguros de Vida S.A. Compañía de Seguros y se obliga al pago de la prima. Por lo general, el tomador y el asegurado son la misma persona.

Tope

Monto máximo que un seguro paga por una pérdida específica. Por ejemplo, si ocurre un siniestro por $100 mil y el tope es de $70 mil, entonces $70 mil es el máximo que paga la compañía.

U
Utilidad Esperada
Corresponde al porcentaje de utilidad que la entidad espera obtener de la actividad aseguradora.” (Tomado del Concepto 2006036377-006 del 10 de noviembre de 2006. Superintendencia Financiera de Colombia.
V
Valor asegurado

Es la suma con la cual se indemnizará al asegurado o beneficiario en caso de ocurrencia de un evento cubierto.

Valores de cesión o rescate

Los valores de rescate corresponden a un componente de acumulación que varía de acuerdo con varios factores, incluidos: el tipo de seguro, el valor asegurado, la edad del asegurado y el tiempo que ha estado vigente el seguro, entre otros. Los factores garantizados que originan el valor de rescate, se establecen desde la expedición de la póliza.

Para aquellas pólizas que contienen valores de rescate, se adjunta, al momento de la emisión de la misma, la Tabla de Valores Garantizados en la que se puede ver el incremento de los valores de rescate en el tiempo.

-Para el pago de primas: a través de un préstamo que realiza automáticamente la Compañía o por voluntad del asegurado, con el objetivo de que su seguro no termine por mora en el pago de las primas.

-Para libre destinación: a solicitud del asegurado implica la solicitud de un préstamo sobre los valores de rescate de los productos de Vida, Vida Entera 50-60-70-80-99, Dotal 15 Y 20, de Pensión, Pensión 57-62 y Met Capital. constituidos a la fecha.

Es importante tener en cuenta que los préstamos que se realizan, en los casos anteriormente señalados, implican el pago de una tasa de interés. Tienen como cupo máximo hasta un 50% de la suma acumulada en valores de rescate de los productos de Vida, salvo para el producto Vida Pensión cuyo máximo es del 20%.

Sin embargo, si el asegurado fallece o revoca la póliza antes de pagar el préstamo, el monto no pagado del mismo más los intereses que se hayan generado, se deduce del valor asegurado o del valor de rescate a pagar.

 En caso que resuelvas dar por terminado el contrato de seguro, la Compañía te devolverá los valores de cesión o de rescate que hayas acumulado a la fecha de terminación del seguro, descontando préstamos e intereses no pagados, cesando así la obligación de la Compañía en caso de siniestro.